La Comisión de Economía del Senado —que integra el senador Carlos Ignacio Kuschel— está estudiando la reforma que moderniza la Ley de Propiedad Intelectual (17.336) para enfrentar la piratería digital: la televisión pirata, las aplicaciones que abren contenido sin pagar derechos y la copia no autorizada de música y series. En sucesivas audiencias, la comisión ha escuchado a la policía, a la industria y a los creadores. Y en la sesión del 18 de agosto, el senador Kuschel dejó una petición sobre la mesa que ordena buena parte del debate: antes de legislar, mirar las experiencias internacionales que ya funcionan.
Qué se está discutiendo
El proyecto (boletín 14.767-03), un mensaje que ingresó el Ejecutivo en diciembre de 2021 y hoy en segundo trámite en el Senado, regula las medidas tecnológicas de protección: los “candados digitales” que controlan el acceso a una obra —la clave de una plataforma de música, el sistema que impide copiar una película— y sanciona a quienes los eluden o comercializan dispositivos para hacerlo. Crea nuevas figuras penales y de responsabilidad civil (artículos 81 bis y 84 bis) y define excepciones para usos legítimos como la reparación de equipos, la ingeniería inversa o el dominio público.
Cómo ha evolucionado en la comisión
El proyecto ya fue aprobado por la Cámara de Diputados y, en el Senado, la Comisión de Economía lo ha trabajado en audiencias sucesivas. A comienzos de agosto expusieron la PDI (brigada de delitos de propiedad intelectual), la Cámara de Infraestructura Digital (IDICAM) y la Sociedad Chilena del Derecho de Autor (SCD), que pusieron sobre la mesa un debate de fondo: como el diseño del proyecto es penal y judicial —sanciona después de cometida la infracción—, propusieron sumar una capa preventiva, un bloqueo administrativo dinámico de las señales piratas, con control judicial posterior. En la sesión del 18 de agosto se sumaron la industria de la música (IFPI), las telecomunicaciones (Chile Telcos) y los actores (Chile Actores), que pidieron que la ley alcance también a las aplicaciones y tiendas digitales —no solo a los dispositivos físicos—, que las penas sean graduales y disuasivas, y que las grandes plataformas tengan un representante legal localizable en Chile.
Es un debate con dos caras, y conviene decirlo: organizaciones de derechos digitales advierten que un bloqueo administrativo sin orden judicial previa puede terminar bloqueando contenido lícito y tensiona el debido proceso y la neutralidad de la red. El punto fino de la ley es, justamente, equilibrar un combate eficaz a la piratería con esas garantías.
A quién afecta: productores y consumidores
Del lado de los creadores y productores, la piratería golpea a una economía creativa que en Chile pesa cerca del 2,2% del PIB. Cuando una serie o una canción se consume por una vía pirata, el trabajo de músicos, actores y actrices se ve miles de veces sin que reciban la remuneración que la ley les reconoce; y sin protección efectiva, esas industrias no se financian.
Del lado de los consumidores, el problema es mayor de lo que parece. En Chile se estiman 1,5 millón de usuarios de TV pirata (IPTV ilegal) y unos US$100 millones de evasión de IVA al año. Pero el costo no es solo fiscal: las aplicaciones piratas más populares distribuyen malware, roban datos personales y credenciales bancarias. Instalar una de esas cajas o apps en el televisor de la casa es, además de un tema de derechos de autor, un riesgo de ciberseguridad para la familia.
Por qué esto también es un tema internacional
La piratería no se detiene en la frontera: buena parte de las señales piratas se habilitan fuera de Chile y se transmiten hacia acá. Y hay una consecuencia comercial concreta: mientras esta materia siga pendiente, Chile permanece en la “Priority Watch List” del Reporte 301, el informe anual con que Estados Unidos evalúa la protección de la propiedad intelectual de sus socios. En 2026 Chile quedó en esa lista de mayor preocupación junto a China, India, Indonesia, Rusia y Venezuela. No es una sanción ni un arancel, pero sí una señal que resta reputación y certeza para la inversión, y aprobar esta ley es la vía para salir de ahí y cumplir los compromisos del TLC con EE.UU. y de los tratados de la OMPI.
Mirar afuera antes de legislar: el eje que planteó el senador Kuschel
En su intervención, el senador Kuschel pidió a la comisión estudiar las experiencias internacionales exitosas antes de fijar el texto, con una advertencia: la tecnología cambia rápido y una regulación demasiado rígida o restrictiva puede terminar empujando hacia peores alternativas. La idea de fondo es proteger la creación sin frenar la innovación ni los usos legítimos. Los modelos que aparecen en la discusión ofrecen precisamente ese menú:
- Estados Unidos revisa su ley cada tres años —una “ronda trienal” a cargo del Bibliotecario del Congreso— para ir actualizando las excepciones legítimas; de ahí nació buena parte del debate mundial sobre el “derecho a reparar”.
- La Unión Europea obliga a las grandes plataformas a adoptar medidas eficaces contra la piratería y a tener presencia legal en el territorio, y acaba de estrenar una directiva de derecho a reparar.
- Australia ofrece un modelo de indemnización civil fuerte y de activación clara; Singapur, una revisión técnica y sistemática de las excepciones; Corea del Sur, mecanismos ágiles que estiman el daño como un múltiplo de las ganancias del pirata, en vez de peritar obra por obra.
- Brasil aplicó un bloqueo administrativo dinámico de las señales piratas y redujo los accesos en un 80,5%.
Proteger la creación sin frenar la innovación: ese es el equilibrio que se juega en esta ley, y por eso vale la pena mirar lo que ya funciona en el mundo.
Qué viene
Terminadas las audiencias, la comisión sistematizará las observaciones y pasará a la votación en general; después vendrá el estudio en particular, artículo por artículo, donde se resolverán los puntos más discutidos: el bloqueo administrativo, el alcance a las aplicaciones y plataformas, y el diseño de las penas. Iremos informando cada etapa.
Fuentes: Ley N° 17.336 y proyecto boletín 14.767-03 (BCN y Senado); Comisión de Economía del Senado, sesiones de agosto de 2026 (exposiciones de PDI, IDICAM, SCD, IFPI Chile, Chile Telcos y Chile Actores); USTR, 2026 Special 301 Report (30 de abril de 2026); U.S. Copyright Office (Sección 1201); Unión Europea (Directiva DSM y Directiva de Derecho a Reparar 2024/1799). Verificado el 18 de agosto de 2026.

